328,476
Total de casos
5,531
Muertes
25,295
Sospechosos
242
Estado crítico
297,650
Recuperados
03 de abril 2020 - La república de Panamá, cercano a los 4 millones de habitantes, ha comenzado desde mediados de este mes con medidas de contención social y prevención de la propagación del COVID-19. Al 03 de abril del 2020 suma 1472 casos confirmados de infección, con 37 de ellos resultando en fallecimiento de la persona. Ante esta situación, el Gobierno de la República de Panamá ha tomado diversas medidas de contención tanto económicas, como sociales, fiscales y administrativas, entre ellas se incluyen como más relevantes:
Desde inicios de mes, diferentes organizaciones y empresas de Panamá han comenzado a implementar medidas de prevención y distanciamiento social a efectos de contribuir a disminuir el avance del COVID-19, ante la creciente preocupación de las autoridades y el incremento del número de contagios, las autoridades nacionales se han visto forzadas a implementar medidas ejecutivas. El toque de queda anunciado el 17 de Marzo de 2020 por el presidente de la República ha tenido repercusiones severas en el sector comercio y construcción, dos de los principales motores de la economía interna del país.
Por otro lado, las afectaciones al sector aeroportuario contribuyen al vendaval de afectaciones económicas para los ingresos del país, el cierre total de los vuelos internacionales en el Aeropuerto de Tocúmen tendrá un efecto considerable en la actividad económica. Copa Airlines por su parte, una de las empresas con mayor actividad en dicho aeropuerto, la cual sirve a 80 destinos en 33 países, ha anunciado la suspensión de sus actividades por un periodo de 30 días, la empresa Aérea no ha hecho público su estimación sobre la afectación económica de estas medidas.
El Canal de Panamá, organización cuyo plantel de colaboradores suma más de 9,000 colaboradores, ha anunciado que se han implementado medidas de control sanitario y desinfección en todas las áreas de trabajo y se está trabajando de forma cercana con el ministerio de salud para monitorear los casos de contagio entre sus colaboradores, a la fecha de redacción de este documento, se han confirmado 2 casos de contagio en la plantilla del Canal de Panamá.
El día 23 de Marzo de 2020, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 505, por medio del cual se amplía el horario del toque de queda desde las 5:00 PM hasta las 05:00 AM, dicho decreto incluye la posibilidad de aplicar multas de $50,000 USD a quienes violen el toque de queda, pudiendo ser de hasta $100,000 USD para aquellos que reincidan.
Por otro lado, la Contraloría General de la República anunció el adelanto del pago de pensiones alimenticias correspondiente ala segunda quincena de marzo, a efectos de evitar aglomeraciones en sus oficinas. Por su parte, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, explicó que como parte de las medidas y adecuaciones necesarias para hacer sostenible el aislamiento social, se firmó el decreto ejecutivo No. 81 del 20 de marzo del 2020, en el cual se faculta a los comercios que no tengan que suspender labores por el toque de queda, a apegarse a la suspensión de efectos de los contratos.
Lo anterior implica que aquellos patrones podrán apegarse a dicha suspensión para no pagar el sueldo de sus trabajadores durante el periodo de toque de queda, para ello deben de enviar una serie de documentos y solicitudes al MITRADEL, el cual podrá conceder la suspensión de derechos de contratos. Durante dicho periodo, el trabajador no cobraría su salario, sin embargo, una vez que termine la situación de crisis sanitaria, los trabajadores deberán de regresar a sus labores bajo las mismas condiciones, sin excepción. Lo anterior tiene como objetivo evitar los despidos masivos de trabajadores, debido a las afectaciones económicas causadas por el toque de queda para los comercios.
El MITRADEL, ha anunciado también el recorte del horario laboral en sus oficinas públicas de 08:00 AM a 12:00 PM con el objetivo de cumplir con el toque de queda y dar tiempo a sus trabajadores para atender asuntos personales, así como contribuir a la sana distancia.
El Gobierno de Panamá ha anunciado también la creación de un bono solidario de 50 MDD para apoyar a quienes queden desempleados a causa del COVID-19 así como a comerciantes informales que pudieran ver una disminución critica en sus ingresos. Al momento de redacción del presente documento, esta todavía pendiente la publicación de la mecánica sobre el cobro de dicho bono.
Aún es temprano para poder estimar sobre el impacto económico que tendrán esta serie de medidas y las que se tengan que tomar durante los meses de abril y mayo en función del avance de la propagación del virus, sin embargo, algunos economistas del Colegio de Economistas de Panamá ya han hecho saber sus preocupaciones y pronósticos, por su parte, Samuel Moreno Peralta ha dicho en una entrevista reciente a uno de los principales medios de comunicación financieros del país que el impacto económico de estas medidas, en combinación con la desaceleración económica que Panamá venia atravesando desde hace poco más de 1 año pudiese llevar a Panamá a una recesión económica. Mientras que su colega, Víctor Cruz, consultado por el mismo medio, mencionó que los efectos negativos de esta situación se verán contrarrestados en gran medida por el incremento de la actividad económica en los sectores de manufactura y el sector agropecuario, por lo cual el efecto neto de este fenómeno pudiese no resultar en una recesión económica para el país.
En el ámbito tributario, la situación de emergencia sanitaria llega en vísperas de la presentación de declaración anual de Impuesto Sobre la Renta para Personas Morales, que tiene como vencimiento oficial el 31 de marzo del 2020, teniendo la posibilidad de solicitar prórroga hasta por 30 días (30 de abril del 2020). Al día de hoy, la Dirección General de Ingresos (DGI), autoridad tributaria del país, a hecho los siguientes anuncios:
Adicionalmente, el 24 de Marzo, el Ministerio de Economía y Finanzas (“MEF”) publicó el Decreto Ejecutivo No. 251 por medio del cual se otorgan las siguientes prórrogas:
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