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03 de abril 2020 - Tras la declaración de Pandemia por parte de la OMS, el Gobierno de Colombia declaró Emergencia Sanitaria el pasado 12 de marzo, desde entonces se han implementado medidas preventivas y de contención de la epidemia, que al 03 de abril suman 1,161 casos y 19 muertes. Entre las medidas adoptadas destacan:

  • Cierre de fronteras terrestres, marítimas y fluviales del país del 17 de marzo al 30 de mayo.
  • Reconexión de servicio de agua potable, suspensión de aranceles a insumos de potabilización de agua y desinfección de puntos críticos.
  • Disminución del precio de la gasolina y diésel de $1,200/galón y $800,000/galón respectivamente.
  • Plazos especiales para la presentación de la declaración y el pago de la liquidación privada de la contribución parafiscal para la promoción del turismo; impuestos de IVA, Sobre la Renta y complementarios.
  • Creación de una nueva línea de crédito por $250,000 millones dirigida al sector turismo, aviación y espectáculos públicos.
  • Disposición de líneas especiales de crédito por un billón de pesos con tasas preferenciales para mantener la productividad del campo y garantizar el abastecimiento de alimentos.
  • Aislamiento preventivo obligatorio en todo el país del 24 de marzo al 13 de abril.

Impacto económico

El pasado 17 de marzo, luego de considerar los costos en salud pública, los aspectos económicos nacionales e internacionales, evaluar la situación e implicaciones económicas y sociales, el Gobierno de la República de Colombia, mediante el Decreto 417 de 2020 declaró Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por un periodo de 30 días.

Si bien, esta declaración tiene como objetivo mitigar los efectos de la crisis desencadenada por la pandemia, las repercusiones económicas y sociales son alarmantes, el cese de operaciones internacionales en los aeropuertos afectará tanto a las empresas como a los empleos generados por estas.

Avianca señala este periodo como la peor situación de la industria en su historia ya que se verá obligada a dejar 132 de sus 142 aviones en tierra, puesto que no cuenta con pasajeros ni permisos para operar. Adicionalmente, tiene cerca de 2.000 empleados con planes de licencias no remuneradas, esperando que esta cifra se incremente próximamente.

El sector hotelero, a través de la Asociación Hotelera y Turística de Colombia anunció pérdidas por $140.000 millones de pesos (mdp) por cancelaciones de alojamiento y reservas.

Por su parte, la banca privada ha ofrecido líneas de crédito especiales para el pago de nóminas y ofrecen condiciones especiales como periodos de gracia, cambios en días de pago, extensiones de plazo e incluso, congelamiento de las obligaciones.

Con el fin de aliviar un poco a la industria hotelera y de aviación, el Gobierno a través de Bancoldex abrirá una línea de crédito de liquidez por $ 250.000 mdp, además de recorrer la liquidación de las contribuciones parafiscales del sector turismo previstas para el primer semestre del año, con el fin de mejorar el flujo de estas empresas.

Algunas medidas aplicadas por el Banco de la República son: establecer un nuevo mecanismo de cobertura cambiaria mediante operaciones forward de cumplimiento financiero, que busca facilitar la negociación en moneda extranjera de los participantes del mercado en un esquema de inflación objetivo con tipo de cambio flexible; permitir el uso de papeles de deuda privada calificada; extender el acceso a fondos administrados; y ampliar los cupos de las subastas de liquidez.

Los expertos señalan que las medidas de contención de la pandemia, aunado a la desaceleración económica mundial y la interrupción en las cadenas de suministro, la caída de los precios de los productos básicos, la contracción del turismo y el fuerte endurecimiento de las condiciones financieras globales, están paralizando la actividad en muchos países latinoamericanos, dañando gravemente las perspectivas económicas de la región para 2020.

Impacto tributario

Como parte de las acciones tomadas por el Gobierno de Colombia, tras la declaración de Emergencia Sanitaria, el 13 de marzo se reglamentaron, mediante el Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, los nuevos plazos de declaración y pago de obligaciones fiscales en el Calendario Tributario.

Entre las precisiones para el cumplimiento de las obligaciones fiscales se encuentran:

  • Impuesto sobre la Renta y Complementarios (ISRyC), Anticipo del Impuesto Sobre la Renta y el Anticipo de la Sobretasa
  • Obras por Impuestos
  • Anticipos Régimen Simple de Tributación - RST
  • Impuesto al patrimonio
  • Normalización Tributaria

El detalle de los plazos y fechas pueden ser consultados aquí.

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